LCL Nro. 80

Respuesta a un colega

Antonio Barrera Nicholson
Por Antonio Barrera Nicholson 18 julio, 2020
RESPUESTA A UN COLEGA
Presentación.
Al día siguiente de una de las conferencias dadas por zoom, método imprescindible en tiempos de pandemia, un/una colega me hizo llegar una observación.
Sostenía, en prieta síntesis, que el despido era una facultad del empleador quien podía poner fin al contrato de trabajo ateniéndose a las consecuencias. En consecuencia sostuvo que el despido era un derecho.
A partir de esa toma de posición sostenía que las PYMES, que no tienen opción, con la normativa que prohibía los despidos se encontraban peor.
Que la constitución nacional había incorporado los derechos humanos a su texto expreso y se preguntaba en que quedaba el derecho de propiedad del empleador reflejado en el derecho de organización.
Y se preguntaba si alguien se despertaría y haría el planteo de inconstitucionalidad de la normas de emergencia.
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